El imperativo de acoger (Bosco Corrales, Paraula)

El imperativo de acoger (Bosco Corrales, Paraula)

Noticia publicada el

Hoy hay en el mundo más de 85 millones de personas desplazadas forzosamente, debido a persecución, guerras, violación de los derechos humanos o situaciones de violencia generalizada. No es solo una cifra: son personas concretas, con nombres y apellidos, con un pasado abruptamente dejado atrás, unos proyectos truncados, relaciones familiares y sociales a menudo cercenadas. Son la hija de este, el hermano de aquella, la madre, la esposa, el nieto de alguien. De estos, casi 50 millones son desplazados internos, es decir, personas que han tenido que abandonar su lugar de origen, pero no han llegado a salir del país. El resto, son considerados refugiados, al haber cruzado una frontera en busca de protección internacional. Tanto los unos como los otros, necesitan de la ayuda de la comunidad internacional y de la sociedad civil para poder tener alguna oportunidad de llevar una vida digna.

La dignidad de estas personas nos urge a los demás -especialmente a los gobiernos- a no mirar a otro lado, a no quedarnos impasibles, a hacer algo para contribuir a remediar su dramática situación. En el caso de las personas refugiadas, esa contribución implica su acogida e integración en nuestros países. No es solo una cuestión de generosidad o de caridad, sino, sobre todo, un deber de justicia. Por ello, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en su artículo 14, estipula que “toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país”.

Para dar forma institucional a esta exigencia moral y legal, la Convención de Ginebra, definió en 1951 la figura del “refugiado” y los protocolos de Nueva York de 1967 establecieron su estatuto legal, es decir sus derechos con respecto a los Estados nacionales donde solicitan asilo. Uno de los derechos más sólidamente establecidos es el llamado “principio de no retorno”, según el cual, ningún Estado puede negar la entrada o expulsar a una persona que haya solicitado asilo político sin antes estudiar cuidadosamente su caso y decidir, con todas las garantías de un Estado de derecho, si esa persona es elegible como refugiado o no.

Así, tanto el derecho internacional como las directivas de la Unión Europea (ver Directiva 2011/95/EU, arts. 20-35) estipulan que las personas refugiadas o con estatutos similares tienen derecho a recibir de los Estados de acogida información, preservación de la unidad familiar, permiso de residencia, documentos de viaje, acceso a trabajo, a educación, bienestar social, asistencia sanitaria y vivienda.

Todas estas normativas legales, de algún modo, reflejan lo que los seres humanos llevamos dentro: esa percepción del otro como alguien al que estoy vinculado, alguien del que soy responsable, alguien ante cuyo sufrimiento no debo escabullirme. La percepción del vínculo con los demás es la base de la solidaridad, del latín solidus, “fuertemente ligado” (de ahí, “soldar” y “soldado”). La compasión frente al sufrimiento de los demás es una característica propiamente humana que, en el caso de las personas en busca de protección internacional, se convierte en una llamada a la hospitalidad. En el mundo bíblico, por ejemplo, la hospitalidad es sagrada, como podemos ver en los numerosos pasajes que Francisco subrayó en su encíclica Fratelli Tutti y que, quizá podríamos resumir en el pasaje evangélico de Mt 25: “fui forastero y me acogisteis”.

La impresionante ola de solidaridad con los refugiados ucranianos en todo el mundo y, en especial, en los países europeos, es una muestra de que el imperativo de proteger, acoger e integrar no es solo una cuestión legal o un elemento moral de algunas religiones o culturas, sino un dinamismo profundamente arraigado en el corazón humano. En el caso de los refugiados de Ucrania, también los Estados han secundado esta moción de humanidad. Desgraciadamente, en épocas recientes y con refugiados de otras procedencias, los gobiernos no estuvieron a la altura de las exigencias de lo que implica ser humano. El día mundial de las personas refugiadas nos invita a augurarnos que la ejemplar actuación de la sociedad civil y de las instituciones europeas y nacionales en estos últimos meses se convierta en modelo a seguir con respecto a todos los grupos de personas necesitadas de protección internacional.

Bosco Corrales es profesor de la Facultad de Filosofía, Letras y Humanidades.

Documents to download

Noticia anterior_ El esplendor de la verdad (Cardenal Antonio Cañizares, La Razón)
Noticia siguiente Deconstruir el lenguaje (Carola Minguet, Religión Confidencial)

Buscador de noticias

Calendario

«diciembre de 2024»
lu.ma.mi.ju.vi.sá.do.
2526272829301
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
303112345

Últimas noticias publicadas