Enseñanza religiosa: un derecho inalienable (Cardenal Antonio Cañizares, La Razón)
Noticia publicada el
miércoles, 13 de julio de 2022
En estos días los padres van a solicitar o reservar plaza para sus hijos en colegios, escuelas o institutos para el próximo curso y tendrán que elegir o no libremente la enseñanza religiosa y moral escolar.
Es esta una decisión importante que no se puede trivializar y es un deber de los padres el hacerlo, como también de los centros advertir de esta libertad de elección al matricular a los alumnos.
La enseñanza religiosa es un aspecto fundamental en la formación integral de la persona y un elemento imprescindible en el ejercicio del derecho de libertad religiosa, se trata de un mandato constitucional. Estos días se ha hablado mucho de la Constitución por parte de políticos. Algunos de ellos que esgrimen legítimamente la Constitución para otros temas, se muestran sin embargo remisos o ambiguos en esta cuestión. Sabemos que son contrarios a la enseñanza religiosa en la escuela, creo que por motivos ideológicos o por considerar que es un privilegio de la Iglesia Católica y fruto del «Concordato» –como le llaman algunos en su ignorancia en lugar de Acuerdos– con la Santa Sede que habría que abolir. Debemos añadir para mayor claridad–cosa que algunos parecen ignorar– que los «Acuerdos internacionales» son de obligado cumplimiento. Estos políticos y otros como ellos, se equivocan de medio a medio al considerarla un privilegio o al considerar que es fruto de un Concordato o unos Acuerdos: la enseñanza religiosa y moral está en la escuela en virtud de la Constitución misma que garantiza unos derechos fundamentales, incluido el de la libertad religiosa y el de la libertad de enseñanza, y el derecho a una educación integral.
La ignorancia es muy atrevida, a veces ciega y, a veces también, no exenta de tendenciosidad y aun malicia. Que se lean bien y verán que es la única materia que la Constitución marca que ha de estar en la educación, aunque no sea obligatoria, pero sí sea de obligada oferta en los centros y de libre elección por parte de los padres, verdaderos y principales responsables de la educación de los hijos. Además, está en sintonía con la educación integral. La Constitución no es algo aséptico o ideológico, ni ampara, porque no puede hacerlo, un pensamiento único o una antropología determinada, parcial, una difusión laicista de la vida o de la historia que se imponga a todos los ciudadanos. Los padres son quienes tienen el derecho de educar a sus hijos conforme a sus propias convicciones y creencias, como reconoce el mandato constitucional. La enseñanza de la religión en la escuela no es un privilegio de la Iglesia Católica en el marco escolar. Cuando el Estado garantiza la enseñanza de la religión y moral en la escuela cumple con su deber y fallaría si no propiciase el libre y pleno ejercicio de este derecho o no posibilitase de manera suficiente su adecuado desarrollo. La capacidad de elegir un determinado tipo de enseñanza no se agota en la libertad de elección de centro. Esto mismo no puede suponer que no se defienda con la misma fuerza, y si cabe más, la libertad para elegir la enseñanza o educación moral y religiosa tanto en la escuela de iniciativa social, como de iniciativa estatal. No en todas partes ni en todas las Comunidades Autónomas se respeta como se debe. Los padres y los alumnos han de defender y reclamar este derecho que les asiste en equiparación a otras áreas de aprendizaje o disciplinas, es defender, en su raíz misma, el ejercicio de las libertades fundamentales. Inhibirse o no reclamar todo lo legítimamente exigible vale tanto como dejar libre el camino al recorte de otras libertades y a la desmoralización de la sociedad. Para los católicos, para los padres, es una necesidad la formación religiosa y moral en los centros, en que se forma la sociedad futura.
Ni qué decir tiene que ha de ser confesional como requiere la naturaleza de esta enseñanza.
Con frecuencia se vierte la idea de que la clase de religión y moral confesional es algo atávico y una rémora para la modernización de la sociedad –libre, autónoma y laica–. El progreso económico no está unido al recorte de la libertad religiosa, y recorte sería que la enseñanza religiosa no poseyese el estatuto propio que habría de corresponderle conforme a la naturaleza educativa de la escuela y a la necesidad de la formación integral de la persona. No caigamos en la trampa de considerar que la enseñanza religiosa escolar es un asunto privado o de la Iglesia. Se necesita un apoyo social mayor y más efectivo a este derecho y deber, para contribuir al rearme moral de nuestra sociedad y a la humanización de la misma.
Antonio Cañizares Llovera es cardenal y arzobispo de Valencia