Ley trans: injusta, cruel y malintencionada (Enrique Burguete, Levante-EMV)
Noticia publicada el
miércoles, 26 de octubre de 2022
En las últimas fechas, la tramitación parlamentaria de la llamada “ley trans” ha generado una justificada polémica que enfrenta al Gobierno consigo mismo. Su sector más radical y minoritario exige la aprobación urgente y sin matices del proyecto, evitando debatir las enmiendas presentadas por otros grupos parlamentarios. Mientras tanto, su sector mayoritario reconoce que las potenciales consecuencias de su articulado reclaman una minuciosa –cuando no “severa”- revisión.
Por razones de espacio, esta tribuna no permite el análisis exhaustivo de los errores antropológicos, desprecios hacia la evidencia científica y potenciales vulneraciones de derechos que se hallan implícitos en el referido proyecto de ley. En consecuencia, me ceñiré a enumerar, tan sólo, algunas cuestiones relevantes.
Para garantizar la igualdad de las personas LGTBI en el ámbito laboral, la ley exigirá medidas que promuevan su acceso al empleo público y subvencionen su contratación si están en situación de desempleo. Instará, en definitiva, a la creación de una “cuota trans” para el acceso al empleo público y privado, con la consiguiente vulneración de los principios de mérito y capacidad.
En el ámbito de la salud, la ley garantizará el acceso a las técnicas de reproducción asistida de las personas trans con capacidad de gestar, es decir, de aquellas que nacieron biológicamente “mujer” y solicitaron el cambio registral de género, pero conservaron su aparato reproductor femenino; de quienes, en definitiva, tienen datos registrales de varón y exigen ser tratados como varón bajo amenaza de sanción (de hasta 150.000 euros en los casos más graves), pero quedan encinta, gestan y alumbran hijos porque su cuerpo no es el de un varón, sino el de una mujer.
Nuevo despotismo
En el ámbito de la educación, la ley promoverá la inclusión, en los textos de todos los niveles de estudio y en todas las materias, de referentes LGTBI. Si recientemente la nueva ley de educación sorprendía exigiendo una «perspectiva de género» para las matemáticas escolares, toca ahora incluir referentes trans en la enseñanza de la química, la educación física o la religión.
En una suerte de “nuevo despotismo” (aunque ciertamente no ilustrado), la futura ley prohibirá las acciones conducentes a modificar la identidad o la expresión de género de las personas trans, ¡incluso si son ellas quienes lo solicitan! Es curioso, cuanto menos,que una ley que presume de garantizarlos derechos de un colectivo le niegue, al mismo tiempo, su derecho a decidir. No se recuerda algo así desde tiempos remotos, anteriores a la democracia.
Pero si hay un ámbito particularmente conflictivo en el proyecto, es el relativo a los derechos de los menores, que a partir de los catorce años podrán solicitar libremente el cambio de género. Si sus padres no comparten su decisión se les adjudicará un “defensor judicial”. Esta figura, creada en su momento para proteger a los menores en situación de riesgo frente a sus familias disfuncionales, se aplicará ahora para apartar -sí, apartar- a los padres que no consientan que se conmine a su hijos a iniciar un cambio de género prematuro que implica, en ocasiones, el bloqueo hormonal de su pubertad, es decir: la ralentización química del desarrollo de sus genitales, de la adquisición de las formas propias de su cuerpo masculino o femenino, o la propia menstruación en el las niñas.
La ley ignora, intencionalmente, que los niños no son libres para decidir; no controlan su emotividad porque su actividad cerebral está gobernada por el hipocampo y todavía no ha concluido la maduración de su corteza prefrontal.
Por eso, entre el 80% y el 95% de los niños que manifestaron ser trans, se identificaron perfectamente con su cuerpo al final de su adolescencia. De ahí que constituya un atentado, físico y moral, obligarles a tomar el camino minado de unos tratamientos que en absoluto son inocuos.
Ignorante imposición ideológica
Pero hay más: conforme a la ley, el menor podrá iniciar los tratamientos para cambiar de género sin un informe médico que acredite su disforia. Se ignora, así, la evidencia científica que confirma la comorbilidad de la vivencia transidentitaria con determinados trastornos que requieren atención médica.
Los estudios avalan, por ejemplo, que un 44,3% de la población adolescente trans presenta historiales previos de diagnósticos psiquiátricos, un 37,1 % toma medicamentos psicotrópicos y un 21,6 % antecedentes de comportamiento autolesivo. Con mayor o menor frecuencia padecen, además, trastornos de ansiedad y depresión, personalidad, compulsividad y obsesión, alimenticios e incluso psicóticos. Y aunque estos trastornos pudieran obedecer al estigma social por razón de su condición, ignorarlos para iniciar un tratamiento de género constituiría una brutal forma de maltrato.
La ley trans, aun siendo más moderada que otras de ámbito autonómico como la valenciana, es malintencionada, ideológica y cruel con los menores trans, así como injusta con el resto de la población, obligada a comulgar con ruedas de molino por quienes elevan a la categoría de dogma su ignorante imposición ideológica.
Enrique Burguete. Observatorio de Bioética