"Democracia y proyectos de ley recientes" (Cardenal Arzobispo Antonio Cañizares, La Razón)

"Democracia y proyectos de ley recientes" (Cardenal Arzobispo Antonio Cañizares, La Razón)

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Ante la aprobación para que pase a trámite en Comisión Parlamentaria el proyecto de ley del Gobierno sobre la eutanasia, o ante decreto sobre memoria democrática, o ante la previsible ley de educación próxima por lo que expresamente ya se anuncia en esta ley de memoria democrática, y ante declaraciones sobre el futuro de la Comunidad Benedictina de la Abadía de la Santa Cruz del Valle de los Caídos, en algunos sectores surge la duda sobre si la Iglesia es o no es partidaria de la democracia y defensora de la democracia o no, sino todo lo contrario. Ante esta duda hay que decir con toda nitidez, firmeza y verdad que la Iglesia es defensora y promotora de la democracia, y reclama que ésta se asiente y fundamente en unos valores fundamentales sin los cuales o no habrá democracia o se la pondrá en un serio peligro. Así, el magisterio de la Iglesia afi rma una y otra vez, que la democracia necesita de una base antropológica adecuada. «Una auténtica democracia es posible solamente en un Estado de derecho y sobre la base de una recta concepción de la persona humana» (CA 46).

La persona humana y su dignidad, el ser humano es el fin de todo sistema social y político, especialmente del sistema democrático que afirma basarse en sus derechos y en el bien común, que siempre ha de apoyarse en el bien de la persona y en derechos fundamentales e inalienables. El Estado, mejor aún el sistema democrático, está al servicio del hombre, de cada ser humano, de su defensa y de su dignidad. Los derechos humanos no los crea el Estado, no son fruto del consenso democrático, no son concesión de ninguna ley positiva, ni otorgamiento de un determinado ordenamiento social. Estos derechos son anteriores e incluso superiores al mismo Estado o a cualquier ordenamiento jurídico regulador de las relaciones sociales; el Estado y los ordenamientos jurídicos sociales han de reconocer, respetar y tutelar esos derechos que corresponden al ser humano por el hecho de serlo, a su verdad más profunda en la que radica la base y posibilidad de su Antonio Cañizares Llovera es Cardenal y Arzobispo de Valencia RAÚL realización en libertad. El ser humano, el ciudadano, su desarrollo, su perfección, su felicidad, su bienestar es el objetivo de toda democracia y de todo orden jurídico. Cualquier desviación o quiebra de los ordenamientos jurídicos y de los sistemas políticos en este terreno nos colocaría en un grave riesgo de totalitarismo. Por esto mismo, la democracia para ser verdadera y fortalecerse necesita una ética que se fundamenta en la verdad del hombre y reclama el concepto mismo de la persona humana como sujeto trascendente de derechos fundamentales, anterior al Estado y a su ordenamiento jurídico. La razón y la experiencia muestran que la idea de un mero consenso social que desconozca la verdad objetiva fundamental acerca del hombre y de su destino trascendente, es insuficiente como base para un orden social honrado, justo y estable. «La democracia no implica que todo se pueda votar, que el sistema jurídico dependa sólo de la mayoría y que no se pueda pretender la verdad en la política.

Por el contrario es preciso rechazar con firmeza la tesis según la cual el relativismo y el agnosticismo serían la mejor base filosófica para la democracia, ya que ésta, para funcionar, exigiría que los ciudadanos son incapaces de comprender la verdad y que todos sus conocimientos son relativos, varios o dictados por intereses y acuerdos ocasionales. Este tipo de democracia correría el riesgo de convertirse en la peor tiranía, pues la libertad, elemento fundamental de una democracia es valorada plenamente sólo por la aceptación de la verdad» (Juan Pablo II a los Obispos portugueses, 27, 11,92). Aquí conviene advertir del riesgo que se viene observando, se diga o no se diga, en ciertas realizaciones de las democracias formales. En efecto se está abriendo paso en la opinión ciudadana una teoría del derecho neopositivista, para la cual la mayoría electoral y parlamentaria, establecida según las reglas de La democracia formal, es la fuente última del orden jurídico, incluidas sus primeras bases constitucionales, sin excepción alguna, ni siquiera en lo que se refi ere a la defi nición de los derechos fundamentales de la persona humana. Y así, en sintonía con esto, se está reaccionando por la gente ante el anuncio de las mencionadas leyes o proyectos de leyes.

El problema de la dignidad de la persona y de su reconocimiento es piedra angular del Estado y de todo su ordenamiento jurídico, afecta, por ello, a los fundamentos mismos de la comunidad política que necesita de una ética fundante. No todo lo que se hace por el procedimiento de las democracias formales tiene de por sí la garantía de ser también justo y conforme con la dignidad de la persona. Hay unas pautas o exigencias morales objetivas, que son anteriores a la sociedad o al sistema democrático como ordenamiento jurídico y social, que han de ser garantizadas. Algunos reclaman el relativismo ético como condición de la democracia porque piensan que sólo ese relativismo, como alude el Papa San Juan Pablo II en Veritatis Splendor y Evangelium Vitae, «garantizaría la tolerancia, el respeto recíproco entre las personas y la adhesión a las decisiones de las mayorías, mientras que las normas morales, consideradas objetivas y vinculantes llevarían al autoritarismo». Pero esta concepción hace tambalearse el mismo ordenamiento democrático en sus fundamentos, reduciéndolo a un puro mecanismo de regulación empírica de intereses diversos contrapuestos.

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