Expertos se pronuncian sobre la nueva regulación de la UE sobre las sustancias de origen humano

Observatorio de Bioética

Expertos se pronuncian sobre la nueva regulación de la UE sobre las sustancias de origen humano

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Expertos se pronuncian sobre la nueva regulación de la UE sobre las sustancias de origen humano

El pasado miércoles 13 de septiembre se aprobó una propuesta del Parlamento Europeo sobre la regulación de las “sustancias de origen humano” conocidas por sus siglas en inglés: SoHO y los expertos del Observatorio de Bioética de la Universidad Católica de Valencia (UCV) se han pronunciado al respecto.

Así, consideran que, en principio, la regulación en la obtención, manipulación, conservación y destino de estas sustancias parece una medida necesaria para establecer garantías suficientes en su utilización:  “En primer lugar, regulando los procedimientos relacionados en su elección y obtención; en segundo lugar, garantizando el respeto a la dignidad en el trato de los donantes de procedencia de estas sustancias; en tercer lugar, precisando la idoneidad de los destinos de estas sustancias y su justa distribución y, en cuarto lugar, estableciendo protocolos de seguimiento de su eficacia y seguridad tras su utilización que permita optimizar los procesos implementados”, aducen.

No obstante, según apuntan, las dificultades en este procedimiento surgen cuando se incluye tácitamente entre estas sustancias a los propios embriones humanos o las células procedentes tras su destrucción: “Confundir una sustancia de origen humano con un embrión sólo puede ser consecuencia de una profunda ignorancia científica o de mala fe, que persiga su utilización sin restricciones”, aseguran.

Así, los investigadores de la UCV lamentan que “se ha establecido de facto una exclusión de los embriones tempranos de su consideración como seres humanos, privándoles de dignidad y derechos, abriendo la puerta a su creación, manipulación, edición, destrucción o criopreservación sin límites en sus primeros días de vida, generalmente las dos primeras semanas, plazo tan arbitrario como injusto. La extensión del aborto libre hasta la semana 14 de gestación, como ocurre en España, extiende este plazo exento de garantías para el embrión mucho más, hasta el momento en que nadie pone en duda su naturaleza humana, perfectamente constatable en su fisionomía”, reconocen.

Esta inercia, “extendida en todo el mundo y, desgraciadamente, en muchos científicos o sanitarios, parece haber eliminado todo escrúpulo en la manipulación y destrucción de los embriones humanos inmaduros, que ahora pueden llegar a ser tratados como simples “sustancias de origen humano” y no verdaderos seres humanos”, expresan.

Problemas bioéticos

Concretamente, desde el Observatorio de Bioética de la UCV señalan tres problemas bioéticos fundamentales en la obtención y manipulación de las llamadas SOHO. El primero lo constituye la procedencia embrionaria de material biológico humano cuya obtención implique la destrucción del embrión, sea de cualquier procedencia. Producir embriones para utilizarlos como material de experimentación, utilizar los excedentes de la fecundación in vitro que permanecen criopreservados, diseñar nuevos modelos embrionarios procedentes de células pluripotentes y no del proceso de fecundación, así como experimentar con quimeras humano-animal para obtener órganos y tejidos mezclando células procedentes de humanos con las de otras especies, son procedimientos que implican la destrucción de embriones o su manipulación con el elevado riesgo que ello supone en su evolución futura.

El segundo es la utilización de material biológico procedente de abortos provocados, cuyo impulso puede justificar el incremento en la práctica de abortos. Y, el tercero, es la necesidad de garantizar la posibilidad de identificar a los donantes de gametos -sustancias de origen humano- en el caso de que los nacidos por técnicas de reproducción asistida con gametos procedentes de donantes llegasen a reclamar la identificación de los padres biológicos. La actual regulación supone una oportunidad para unificar los criterios que permitan resolver los conflictos entre el derecho al anonimato de los donantes y el de los concebidos a conocer su procedencia genética.

En definitiva, “el respeto a la dignidad de todo ser humano, al trato que debe otorgársele y los límites de lo que se puede o no hacer con su cuerpo o las sustancias que de él proceden constituye un deber de todo científico, político o persona de bien, y el actual proceso de regulación supone una excelente oportunidad para hacerlo con todos los seres humanos y todas las garantías, pero específicamente, con los más débiles, indefensos e inocentes: los embriones tempranos e inmaduros”, aducen.

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