La “identidad sentida” en la nueva ley trans catalana (Carola Minguet, Religión Confidencial)
Noticia publicada el
martes, 30 de enero de 2024
El diario ABC informó hace unos días del anteproyecto de la nueva ley trans catalana, que permitirá a una persona ser considerada varón en los formularios ante la administración estatal y mujer ante la autonómica; es decir, podrá llamarse Antonio en Madrid y Laura en Barcelona. La normativa, en fase de alegaciones hasta el próximo 9 de febrero, pide también que se incorpore la opción de género no binario. Así, en el caso de aprobarse, Cataluña será la primera comunidad en incluir una casilla de tercer sexo en todos los documentos oficiales.
Y es que el borrador del texto prioriza la «identidad de género manifestada libremente por las personas, frente a cualquier registro oficial y sin necesidad de acreditar mediante un informe médico o psicológico», aunque el demandante sea menor de edad. En el supuesto de que sea necesario mostrar el DNI y los datos que aparezcan en él no «sean coincidentes con la identidad de género manifestada», las administraciones deberán «identificar a la persona mediante su nombre y apellido, añadiendo cuatro cifras numéricas aleatorias en su DNI, NIF, pasaporte o documento equivalente». Vaya, que no será necesario el cambio en el Registro Civil.
La ley prevé también que la opinión de los menores de 12 a 16 años sea «respetada» en los asuntos que conciernen a la atención sanitaria y, si no es compartida por sus tutores legales, podrán «acudir a mediación». Asimismo, facilita el acceso a la atención sanitaria pública a aquellos trans que estén en una situación administrativa irregular y les garantiza la reproducción asistida. Por otro lado, el texto estipula que las bibliotecas cuenten con fondos específicos que aborden la identidad de género.
Este es, en líneas generales, el contenido de la norma, por la que un varón, a su antojo, podrá decidir en cualquier momento que es una mujer y una mujer, a su antojo, convenir que es un hombre. Algunos ya han advertido de que las paradojas van a sucederse (¿estas personas podrán elegir si se les aplica la ley de violencia de género?, ¿cómo se inscribirán en una competición deportiva o en una lista electoral? ...) Y es que, una vez más, se pretende dar rango de ley a los deseos, sin prever las consecuencias.
Más grave es que se diluya la categoría sexo, aunque era de esperar. Si ya no se considera que existe una naturaleza humana, ésta se puede dinamitar, también jurídicamente. Es decir, hace tiempo que se ha negado quiénes somos, y desde esta cerrazón se pueden legalizar disparates antropológicos.
En esta iniciativa, no obstante, llama la atención la vuelta de tuerca que supone la “identidad sentida”, aunque no es un invento nuevo, pues, según recoge la noticia referida, en las tarjetas sanitarias de ciertas autonomías se puede usar desde hace un tiempo el “nombre sentido”, que no tiene por qué coincidir con el del DNI. Y sorprende, entre otras razones, porque es algo muy pobre reducir a los sentimientos los rasgos propios que caracterizan a un individuo y le permiten reconocerse a sí mismo y frente a los demás.
Nuestra identidad personal incluye sentimientos, sí, pero también pensamientos y, sobre todo, cosas que nos suceden, es decir, acontecimientos. Esa identidad viene modelada por lo que vivimos en relación con los demás, lo que descubrimos, lo que amamos, a lo que renunciamos… La identidad personal es biológica y también biográfica. Hacerla depender de lo que uno siente es tomar la parte por el todo.
No obstante, lo verdaderamente preocupante es que sea un empeño quijotesco apelar al sentido común para que la gente comprenda que la “identidad sentida” no se sostiene (es lo que ocurre con los postulados ideológicos) porque en estos tiempos de calamidad se ha borrado la frontera entre la cordura y la locura. Seguramente por eso, las lumbres donde aún pueden encenderse ascuas de verdad, como son la familia y la cultura (en las que, por cierto, se ha desarrollado tradicionalmente la naturaleza humana, que es la que es), deben ser manipuladas y sometidas, como prevé el texto normativo. Pero bueno, mejor dejamos esto para otro día.