En esta sección se puede encontrar la información sobre propiedad intelectual y derechos de autor, así como sobre los derechos de autor en el acceso abierto y las Licencias Creative Commons.
Propiedad intelectual - Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
3.1. Derechos de Autor
Se trata de un conjunto de derechos que se asignan al autor automáticamente por ley.
Se subdividen en:
- Derechos morales (atribución), que son intransferibles.
- Derechos patrimoniales (o de explotación): reproducción, distribución, comunicación pública y transformación, que puede ser transferidos a terceros.
Se recomienda consultar el desarrollo más detallado, sobre los derechos de autor, que realiza La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI).
O una información más extensa a través del video "Controla tus derechos, facilita el acceso abierto" de REBIUN (2011), dividido en tres partes:
Infografía REBIUN - Conserva tus derechos de autor frente a las editoriales
3.2. Licencias Creative Commons
La Creative Commons Foundation es una organización sin fines de lucro orientada a darle al autor el poder de decidir los límites de uso y explotación de su trabajo en Internet, han impulsado la creación y difusión de licencias que permiten la reproducción, distribución y comunicación pública de las obras licenciadas.
Esta organización ha publicado diversos derechos de la licencias de autor, las licencias Creative Commons. Estas licencias permiten a los creadores que comuniquen los derechos que se reservan y los derechos que renuncian en beneficio de los destinatarios o de otros creadores con símbolos visuales asociados. Se puede consultar más información en el video Creative Commons Licences Explained.
Las licencias Creative Commons no reemplazan a los derechos de autor, si no que se basan en ellos alrededor de cuatro condiciones.
Reconocimiento (Attribution): En cualquier explotación de la obra autorizada por la licencia hará falta reconocer la autoría.
No Comercial (Non commercial): La explotación de la obra queda limitada a usos no comerciales.
Sin obras derivadas (No Derivate Works): La autorización para explotar la obra no incluye la transformación para crear una obra derivada.
Compartir Igual (Share alike): La explotación autorizada incluye la creación de obras derivadas siempre que mantengan la misma licencia al ser divulgadas.
La combinación de estas condiciones produce los distintos tipos de licencias Creative Commons:
Reconocimiento (by): Se permite cualquier explotación de la obra, incluyendo una finalidad comercial, así como la creación de obras derivadas, la distribución de las cuales también está permitida sin ninguna restricción.
Reconocimiento – No Comercial (by-nc): Se permite la generación de obras derivadas siempre que no se haga un uso comercial. Tampoco se puede utilizar la obra original con finalidades comerciales.
Reconocimiento – No Comercial – Compartir Igual (by-nc-sa): No se permite un uso comercial de la obra original ni de las posibles obras derivadas, la distribución de las cuales se debe hacer con una licencia igual a la que regula la obra original.
Reconocimiento – No Comercial – Sin Obra Derivada (by-nc-nd): No se permite un uso comercial de la obra original ni la generación de obras derivadas.
Reconocimiento – Compartir Igual (by-sa): Se permite el uso comercial de la obra y de las posibles obras derivadas, cuya distribución se debe hacer con una licencia igual a la que regula la obra original.
Reconocimiento – Sin Obra Derivada (by-nd): Se permite el uso comercial de la obra pero no la generación de obras derivadas.
Si no se tiene claro qué licencia seleccionar se puede utilizar el simulador de Creative Commons.