Acceso y admisión
Criterios de acceso
Según el Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, podrán acceder a los estudios de Grado en Derecho, quienes reúnan alguno de los siguientes requisitos:
a) Estudiantes en posesión del título de Bachiller del Sistema Educativo Español o de otro declarado equivalente.
b) Estudiantes en posesión del título de Bachillerato Europeo o del diploma de Bachillerato internacional.
c) Estudiantes en posesión de títulos, diplomas o estudios de Bachillerato o Bachiller procedentes de sistemas educativos de Estados miembros de la
Unión Europea o de otros Estados con los que se hayan suscrito acuerdos internacionales aplicables a este respecto, en régimen de reciprocidad.
d) Estudiantes en posesión de títulos, diplomas o estudios homologados al título de Bachiller del Sistema Educativo Español, obtenidos o realizados en sistemas educativos de Estados que no sean miembros de la Unión Europea con los que no se hayan suscrito acuerdos internacionales para el reconocimiento del título de Bachiller en régimen de reciprocidad, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4.
e) Estudiantes en posesión de los títulos oficiales de Técnico Superior de Formación profesional, de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño o de Técnico Deportivo Superior perteneciente al Sistema Educativo Español, o de títulos, diplomas o estudios declarados equivalentes u homologados a dichos títulos, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4.
f) Estudiantes en posesión de títulos, diplomas o estudios, diferentes de los equivalentes a los títulos de Bachiller, Técnico Superior de Formación Profesional, Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño, o de Técnico Deportivo Superior del Sistema Educativo Español, obtenidos o realizados en un Estado miembro de la Unión Europea o en otros Estados con los que se hayan suscrito acuerdos internacionales aplicables a este respecto, en régimen de reciprocidad, cuando dichos estudiantes cumplan los requisitos académicos exigidos en dicho Estado miembro para acceder a sus Universidades.
g) Personas mayores de veinticinco años que superen la prueba de acceso establecida en este real decreto.
h) Personas mayores de cuarenta años con experiencia laboral o profesional en relación con una enseñanza.
i) Personas mayores de cuarenta y cinco años que superen la prueba de acceso establecida en este real decreto.
j) Estudiantes en posesión de un título universitario oficial de Grado, Máster o título equivalente.
Criterios de admisión
El criterio es por orden de preinscripción, dando preferencia a los estudiantes que hayan cursado sus estudios de Bachillerato o Formación Profesional en las áreas relacionadas con el Grado a cursar. También tendrán preferencia los alumnos licenciados, graduados, diplomados universitarios, ingenieros técnicos, o ingenieros, con titulaciones de la misma rama de conocimiento que el Grado a cursar.
El Consejo de Gobierno de la Universidad Católica de Valencia ha acordado establecer un porcentaje de reserva de plazas del 5% hasta el 15 de julio para personas con discapacidad, entendiendo que la Universidad en su cupo general no vetará el acceso a ningún estudiante con discapacidaden todos sus centros, y así mismo velará porque se desarrollen las adaptaciones curriculares que sean necesarias en cada uno de los casos.
Para profesionales de más de 40 años se seguirá el procedimiento de entrevista personalizada por un representante académico designado a tal efecto, tal y como recoge el Real Decreto 412/2014.