Cuando un trabajador se incorpora a la plantilla de la UCV, bien como PDI o como PAS, se le proporciona la información de los riesgos evaluados en el puesto de trabajo que va a ocupar y de las medidas preventivas que debe adoptar para que dichos riesgos estén controlados y no supongan un riesgo para su salud. Así se da cumplimiento al art. 18 de la Ley 31/1995 de prevención de riesgos laborales.
Pero el SPRL-MA de la UCV efectúa actualizaciones de dicha evaluación de riesgos, y consecuentemente, recomienda nuevas medidas preventivas:
- cuando se modifican las condiciones de trabajo
- cuando se ha producido un daño para la salud de un trabajador que ocupa un puesto similar
- cuando las mediciones higiénicas periódicas que se realizan, muestren valores que puedan suponer riesgo para la salud
- cuando cambien los equipos de trabajo, el empleo de nuevas sustancias o preparados químicos, la introducción de nuevas tecnologías o la modificación en el acondicionamiento de los lugares de trabajo
Por esta razón, es importante que cada trabajador vuelva a repasar la información inicialmente recibida, comprobando periódicamente lo referente a su puesto de trabajo que está a su disposición en la intranet: https://intranet.ucv.es/GestionDocumentos/ListadoDocsPrevFor.aspx?m=DP
Cualquier duda que surja tras su lectura, puede consultarla al SPRL-MA enviando un e-mail a prevencion@ucv.es para resolverla.
Aquellos trabajadores que desarrollan su actividad en laboratorios de la UCV, en clínicas universitarias o en el hospital veterinario, reciben una información especial sobre sus riesgos y medidas preventivas obligatorias que se detallan en el apartado de esta web titulado: "Qué hacer si trabajo en un laboratorio o clínica"